Hay muchos motivos por los que hacer terapia online. Actualmente los medios tecnológicos permiten la conexión por videollamada con la calidad y fiabilidad necesarias para posibilitar una terapia efectiva. Y éste quizás sea el motivo más obvio y evidente, simplemente porque es posible.

La terapia psicológica ha sido tradicionalmente cara a cara. Esta modalidad de encuentro terapéutico proporciona calidez en el contacto presencial, intimidad facilitada por el espacio físico de la consulta y la ausencia de intermediarios en el encuentro y en la comunicación. Contacto y presencia, en definitiva, así como facilidad, seguridad y certidumbre en el intercambio de información, entre otras características.

La terapia online permite sortear limitaciones que presenta la terapia tradicional. Gran distancia entre profesional y cliente, estancias en el extranjero, vida laboral con constantes viajes y dificultades horarias, dificultades de movilidad, cambio de domicilio (ciudad o país), procesos de emigración, ausencia de especialistas para una temática concreta en el lugar de residencia, etc., son algunas de las situaciones en las que es posible realizar una terapia online pero no la tradicional terapia presencial.

Al principio de la implantación de la terapia online, la modalidad más habitual era el formato híbrido, a saber, cuando en un proceso terapéutico hay combinación de sesiones presenciales y sesiones a distancia por videollamada. Un alto porcentaje de psicólogos y psicólogas practican o han practicado esta modalidad. También es posible, y cada vez más frecuente, comenzar una terapia psicológica de modo online y realizar el proceso completo sin sesiones presenciales.

Cada vez hay más bibliografía y estudios sobre la eficacia de la telepsicología aplicada al tratamiento de distintos cuadros (ansiedad, trastornos de la conducta alimentaria, adicciones, etc.) así como guías y recomendaciones para la adecuada realización de la terapia online. En general, las pautas y elementos a tener en cuenta que los colegios y asociaciones profesionales recomiendan son los concernientes a las siguientes áreas:

  1. Competencias del profesional de la Psicología, que tiene una obligación ética principal de ofrecer servicios profesionales dentro de los límites de sus capacidades en función de su formación, entrenamiento, experiencia profesional y supervisión, así como está éticamente obligado a estar al corriente de la bibliografía existente sobre la telepsicología aplicada al tratamiento de determinados clientes y perfiles.

  2. Niveles de calidad en la práctica de la terapia online, que han de ser guiados por los mismos principios éticos y el mismo código deontológico que la práctica tradicional presencial. Los profesionales han de estudiar detenidamente tanto los beneficios como los riesgos de ofrecer terapia online a cada caso particular, para determinar si es o no adecuado. Entre otros, los factores que han de ser considerados son: ubicación geográfica, diferencias culturales, destreza en el uso de la tecnología y capacidades cognitivas, así como antecedentes médicos, estado mental y estabilidad emocional, diagnóstico psiquiátrico, consumo actual e histórico de sustancias, anteriores experiencias en terapia psicológica, historial de violencia y comportamientos autolesivos y necesidades terapéuticas. También debe tenerse en cuenta la disponibilidad inmediata o no de profesionales en el entorno del cliente en caso de situaciones críticas.

  3. Consentimiento informado, que es el documento por el cual el cliente acepta y firma las condiciones del acuerdo del servicio profesional, que puede ser más complejo de firmar con validez cuando no hay encuentro físico. El profesional de la psicología debe explicar el modo en que será la interacción con el cliente y debe garantizar el cumplimiento de las leyes que velan por la confidencialidad y protección de datos. Así mismo, el cliente debe ser informado de que los servicios podrán ser interrumpidos cuando estos ya no resulten apropiados o eficaces según el criterio del profesional. Es necesario recordar que el código deontológico de los/as psicólogos/as en su artículo 24, obliga a rechazar la prestación de servicios de atención psicológica cuando haya certeza de que puedan ser mal utilizados o utilizados en contra de los legítimos intereses de las personas, los grupos, las instituciones y las comunidades.

  4. Confidencialidad de los datos y de la información, que tiene que ver principalmente con el tipo de soporte tecnológico que se emplee para la videollamada (algunos cumplen con las requisitos legales y otros no) así como con la custodia y protección de los datos y de la información derivada de la intervención.

  5. Seguridad y transmisión de los datos y de la información, dado que el uso de las tecnologías de la telecomunicación a la terapia psicológica presenta amenazas potenciales a la seguridad de la transmisión de información entre cliente y profesional, como son los virus informáticos, hackeo, robo de dispositivos electrónicos, daño en discos duros, errores de software, agujeros de seguridad en el acceso a los archivos y tecnología defectuosa o desactualizada. Otro tipo de amenazas pueden ser las prácticas y políticas de las compañías tecnológicas en cuanto al uso de los datos personales. El profesional que realice terapia online debe conocer estas amenazas y poner los medios para prevenirlas.

  6. Disposición de los datos, información y tecnologías, lo que hace referencia a los procedimientos de destrucción de los datos y de la información relativa a los clientes así como el mantenimiento y utilización segura del hardware y software empleados para garantizar la confidencialidad y seguridad de los datos e información.

  7. Uso de pruebas para la evaluación psicológica, asunto que habrá que estudiar y valorar, dada la dificultad para utilizar determinados cuestionarios o pruebas de evaluación cuya validez o fiabilidad se vean comprometidas por las características de la terapia online.

  8. Práctica interjurisdiccional, que ocurre cuando profesional y cliente se encuentran en territorios en los cuales rigen distintas leyes y regulaciones. El profesional que ofrece terapia online debe conocer las distintas leyes que regulan la práctica de la terapia psicológica, en su propio territorio y en el del cliente.

Hay toda una serie de cuestiones a tener en cuenta en la práctica de la terapia online. Algunas de ellas son compartidas con la terapia tradicional pero otras son exclusivas y únicas. Como principal conclusión podemos afirmar que no es recomendable realizar terapia online en todos los casos y circunstancias. No obstante, siguiendo una serie de prácticas y recomendaciones que planteamos en nuestro artículo “Cómo es una sesión de terapia online”, es posible llevar a cabo una fructífera y satisfactoria terapia psicológica online.


Bibliografía:

  • Marta de la Torre y Rebeca Pardo  (2018) Guía para la Intervención Telepsicológica. Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid.
  • Amparo Bastos, Sofía  Czalbowski, Esther Roperti (2017) El reto de la psicoterapia en internet: hay distancias que acercan. Editorial Psimática Clínica
  • APA (2013) Guía para la práctica de la Telepsicología Traducción y adaptación (2017) Consejo General de la Psicología de España

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